domingo, 30 de octubre de 2011

Las Obligaciones Dinerarias

1.    El Dinero y su Evolución Histórica
El Dinero se define como el medio o simbología que nos permite adquirir aquellos bienes necesarios para nuestra subsistencia. Este debe ser entendido como el signo o la medida que va a representar el valor de las cosas que deseamos adquirir.
Evolución Historica.
Cuando nacen las sociedades humanas y comienzan a organizarse en pequeños grupos, se da entonces la necesidad de llevar acabo intercambio de productos entre estos para su propia supervivencia. Con el paso de los años, los trueques aumentan y con ello, la necesidad de tener una medida en la cual se valorara los bienes y servicios que se intercambian. Cuando nace la moneda como medida, se supuso que debía de existir una diferente de acuerdo a las sociedades.
Algunos ejemplos de dinero mercancía que fueron utilizados son: hierro, collares, bueyes, ganado, y más adelante los metales que dieron origen el objeto moneda que hoy en día se utiliza.
El dinero surgió de distintas formas en los países del mundo, así mismo, la moneda que se opto por utilizar no fue la misma en todos, ni estaba valorada por el mismo monto.

Egipto: su cultura estaba desde ya muy acostumbrada a llevar acabo el trueque, con el paso del tiempo, aparecieron las barras o tiras de metal que
podían dividirse en trozos o hallar su equivalencia a través del peso. Este cambio se dio principalmente debido a que los metales poseen determinadas características que los hacen casi infalsificables además de la facilidad en su utilización debido a que son divisibles y transportables. El nacimiento de la moneda en Egipto, se remonta entre 700 y 650 años antes de Cristo.
Babilonia: Por un tiempo fue el epicentro comercial mas grande del mundo.  Fue aquí donde el comercio comenzó a desarrollarse vertiginosamente permitiendo que se desarrollara un sistema económico basado en un principio, en la cebada como patrón comercial primario. Las medidas que nacieron por el comercio fueron los metales preciosos como el oro y la plata, que se usaban en trozos, la plata era la más utilizada.
Grecia: la moneda jugó un papel vital en la corrección de desequilibrios surgidos en las formas económicas ciudadanas, pues a partir del uso de la moneda, quienes no intervenían directamente en la producción de bienes, podían obtener éstos mediante su compra. Es así, que tal instrumento aparece como medio de redistribución social a través de la implantación del salario fijo, además de ser garantía de estabilidad de la Polis según los establece Aristóteles, a partir de las categorías morales que atribuye a la moneda. En Grecia la  moneda tuvo un gran impacto para la sociedad, para los griegos La moneda exteriorizaba la conciencia cívica de la ciudad y constituía su símbolo más evidente.
Roma: Los romanos acuñaron monedas principalmente en plata de diversos valores,
Siguiendo el ejemplo de los griegos


2.    Concepción Jurídica del Dinero
La característica esencial del dinero radica en su poder adquisitivo y en el hecho de ser susceptible de cambio por todo tipo de bienes. Así pues, a manera de consideración preliminar, puede señalarse que el dinero tiene las siguientes características:

§  Fungibilidad: Esta característica permite utilizarlo como si se tratase de cualquier bien, para efectos de realizar un pago determinado.
§  Liquidez: Tiene la facultad de hacerse efectivo en la especie que se pacte y no
  requiere de valoración alguna.
§  Neutralidad: Lo exime de ser concebido como ilegal o carente de moral en si
  mismo.

El dinero cumple con algunas funciones importantes tales como:
ü  Es un medio de pago.
ü  Es un instrumento de valoración.
ü  La moneda y el billete como bienes corporales consumibles y fungibles, pueden ser objeto de derecho de propiedad.

3.    El Dinero Plástico y las Monedas Modernas

Es un medio que permite o se presta para que las personas puedan
Usarlo con el fin de realizar sus pagos, sin la necesidad de manejar especies monetarias físicas, como monedas o billetes. En ese entendido, el principal instrumento por medio del cual se materializa este medio de pago, son las tarjetas de crédito, cuyo uso se ha generalizado hasta convertirse en casi un artículo de primera necesidad, por la comodidad que ofrece portarlas y la seguridad que reporta el poder efectuar un pago automáticamente sin tener efectivo, o simplemente, de ser el caso, el tener la posibilidad de acudir a un cajero electrónico para obtenerlo.

Existen varios tipos de dinero plástico, entre ellos:
·         Tarjeta de Debito: funciona como un medio de pago cuyo resultado es
el mismo que se obtiene cuando un bien o servicio se paga en dinero en efectivo. Lo que sucede con esta tarjeta, es que una vez se presenta para el pago, con solo marcar una clave o código que el usuario establece, como su nombre lo dice, se debita de la cuenta bancaria del mismo, la cantidad de dinero que se quiere pagar de manera automática, y esta pasa inmediatamente a manos del vendedor de dicho bien o servicio.
·         Tarjeta de Crédito: Es un medio de pago sin uso de efectivo, que consiste en un financiamiento automático a un plazo determinado. Este instrumento nace cuando atreves del tiempo, surge la banca moderna con instituciones que ejercen la intermediación monetaria y desarrollan la figura del crédito.

4.    Las Obligaciones Dinerarias y las Obligaciones de Valor

Obligaciones Dinerarias: Las obligaciones dinerarias son aquellas que tienen por objeto dar o entregar una suma de dinero, transmitiendo al beneficiario o deudor de dicha cantidad, el derecho de propiedad sobre la misma. Sobre este particular, es indispensable consultar la opinión de Hinestrosa, según la cual se trata de “aquellas obligaciones cuya prestación consiste en dar entregar (transferir) una cantidad de unidades monetarias y que son, sin duda, las más universales y frecuentes de todas”.

Obligaciones de Valor: Las obligaciones de valor se presentan entonces en “todas aquellas hipótesis en las que las dimensiones cuantitativas de la prestación están delimitadas con relación a un determinado ‘poder adquisitivo’ y no con relación a una unidad de medida monetaria”. Son el mecanismo principal para la defensa de los acreedores de una deuda en la cual se demanda restablecer el equilibrio económico. Así, el deudor debe pagar a su acreedor el numero de unidades monetarias requeridas al momento de realizar el pago como contraprestación al bien o la utilidad debidos. “Necesariamente la deuda de valor esta destinada a ser expresada en  términos monetarios, es decir, a transformarse en una deuda pecuniaria.

5.    Los Intereses:

Los intereses sin una ganancia que se obtiene al hacer uso  de bienes de capital. Son una obligación accesoria, se determinan en relación proporcional al capital y al tiempo en que el dinero ha sido utilizado. Existen varios tipos de intereses que se van a generar en concordancia con el tiempo de su respectiva cancelación o con la causa que los genera.

Ø  Intereses Retributivos: son aquellos que se devengan durante el tiempo que media entre el surgimiento de la obligación y el día en que ha de cancelarse, y corresponden al beneficio o la ventaja que implica para el deudor tener a su disposición el dinero a él prestado o no tener que satisfacer aún el precio del bien o servicio de que ya entró a disfrutar.

Ø  Intereses Sancionatorios o de Mora: están orientados a retribuir por los perjuicios derivados de la mora que ha presentado el deudor por la obligación dineraria, se le conocen también, como intereses indemnizatorios que el deudor debe de pagar por los perjuicios que ocasione al incumplir el plazo de pago.

Bibliografia Consultada:

Hanssen, C.P., Mendoza, J.M.D; Niño, H.K. (2006). El dinero y las obligaciones dinerarias. Pontificada Universidad Javeriana.
Montero, F.(1990).Tratado de las obligaciones. San Jose: Juricentro.


domingo, 16 de octubre de 2011

Obligaciones Divisibles e Indivisibles


Obligaciones Divisibles
Obligaciones Indivisibles

DEFINICION
Se le conoce como aquella obligación que tiene posibilidad de cumplimiento parcial sin que haya alteración o merma de su valor por la división.
Las Obligaciones Indivisibles, por el contrario, son aquellas en las que no existe posibilidad de fraccionamiento, teniendo que cumplirse como un todo de manera unitaria, sin posibilidad de descomponerse.
CARACTERISTICAS

Se puede cumplir por partes sin que se altere la esencia de la obligación.

La divisibilidad de la obligación solo puede determinarse mediante el examen de un caso concreto.

Las Obligaciones Divisibles se relacionan con las Obligaciones Mancomunadas Simples por varias semejanzas:

·         Cada uno de los deudores esta obligado a pagar únicamente la parte que le corresponde de la prestación.
·         El acreedor solo puede demandar la parte que le corresponde a cada uno, no puede demandar a un solo deudor la totalidad de la deuda.





Se dividen en:

1.    Absoluta: la naturaleza física del bien es la que impide su partición, o por desproporcionalidad de las partes.
2.    Relativa: presenta la mayoría de problemas, generalmente su solución debe buscarse en la interpretación del contrato.
3.    Legal o de Pago: esta puede surgir por la voluntad del legislador.

Las Obligaciones Indivisibles se relacionan con las Obligaciones Solidarias debido a varias semejanzas:
·         Ambas tienen pluralidad de sujetos.
·         El pago de cualquier deudor extingue la obligación de todos con el acreedor, y lo faculta para cobrarle a los demás codeudores la parte que les correspondía de la deuda.
·         El acreedor puede escoger a cual deudor cobrarle.

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS
Ø  La divisibilidad de la obligación se impone por la índole fraccionaria de la obligación, mientras que la indivisibilidad, deriva de los caracteres objetivos u ontológicos de la prestación.
Ø  El pago divisible o indivisible se puede plantear en una relación deudor-acreedor o con pluralidad se sujetos.
Ø  La doctrina sostiene como principio general que las obligaciones son Divisibles, la excepción a este principio se presenta mediante tres factores que son: la naturaleza de la prestación, el pacto expreso en el contrato y la ley.
Ø   


Bibliografia Consultada:



-Montero, F. (1999). Obligaciones. San Jose: Premia Editores.
-Parajeles, G. (2011). Código Civil (23 ed). San José; Investigaciones Jurídicas

domingo, 9 de octubre de 2011

Obligaciones Alternativas y Obligaciones Facultativas,

 
Obligaciones Alternativas
Obligaciones Facultativas
                                                                                            Definición


Se entiendo por obligación alternativa
En las obligaciones facultativas, el deudor
como aquel vinculo jurídico en el cual el deudor
debe solo una prestación, pero este
 se encuentra obligado a cumplir con una sola 
tiene la facultad de liberarse de la misma
de las dos o mas prestaciones previstas.
al pagar con alguna otra cosa, en lugar de
Así que el deudor, quedara libre de su
la debido o la que fue acordada en el
compromiso al satisfacer una sola de ellas.
contrato. A este tipo de obligación

también se le conoce como Obligaciones

con facultad de sustitución o con facultad

de solución.


                                            Características
1- Existe pluralidad de prestaciones que son
1- Se presenta como una excepción al
pactadas en el contrato.
principio de Identidad de Pago.
2- Para que el pago de la obligación sea valido,
2- Consiste en la posibilidad de una dación en
debe de cumplirse con el Principio de Identidad.
pago dejada a voluntad del deudor.
El cual se refiere a que la extinción de la
3- El principio de Certeza en las facultativas,
obligación debe efectuarse con la misma
hace referencia a que el acreedor sabe a que
Prestación que fue pactada.
atenerse en cuanto a la satisfacción de su
3- Las obligaciones alternativas pueden ser
interés, ya que podría ser que se le pague con
de distintas clases, como de dar, de hacer o de no
la prestación principal o la facultativa.
hacer.
4- El valor económico de las prestaciones no
4- La elección de la prestación con que se
tiene una importancia practica, no obstante,
cumple esta obligación, se formula frente a la
las partes procuraran que los contenidos de la
parte contraria y es irrevocable. Puede emitirse
obligación principal y la facultativa si fuera el
también tácitamente cuando corresponde al
caso, se asemejen en su valor económico,
deudor y este lleva a cabo cualquiera de las
aunque este no sea requisito.
prestaciones, en cuya conducta va implícita

la declaración de preferencia y se le corresponde

al acreedor, basta con que reclame una de las

prestaciones adeudadas.

                          Diferencias entre ambas Obligaciones
1- No existe jerarquización de Prestaciones,
 1- Existe una jerarquía dentro de las
todas se encuentran en el mismo plano de
prestaciones, ya que se da una prestación
igualdad.
llamada principal.
2- Cuando nace la obligación, hay multiplicidad
2- Al principio de la obligación se presenta
de objetos, cuando se extingue la obligación, se
unicidad de objeto, cuando se extingue la
presenta unicidad de objeto.
misma se da la multiplicidad de objeto.
3- Hay mayor garantía para el acreedor, por lo que
3- La garantía que existe para el acreedor,
es mas onerosa para el deudor.
es mucho menor que en las alternativas.