domingo, 23 de octubre de 2011

Las Obligaciones Condicionales

2 comentarios:

  1. Muy completa tu presentación compañera.
    Mas hay que resaltar que en este tipo de obligaciones si acuerdan una circunstancia que de una o de otra manera ocurrirá, esto deja de ser una condicionante y se convierte en una condición para la realización de la prestación.
    Además de que la condición sea licita y posible.

    saludos!

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  2. Yoselyn

    Su trabajo está bastante completo. Hago la observación de que la definición, en el primer párrafo es incompleta. Asimismo, será bueno cuidar la redacción y la ortografía ya que pude notar que omitió algunas letras en algunas palabras.

    Ian Berrocal.

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